Fondo de Empleados El País S.A

REGLAMENTACIÓN

Conozca las normas que rigen a Nuestro Fondo de Empleados y tenga claridad sobre cuales son sus derechos y obligaciones como asociado.

FONDO DE AHORRO DE LOS EMPLEADOS DE EL PAIS

CAPITULO I
NATURALEZA, NOMBRE DOMICILIO PRINCIPAL, DURACION Y AMBITO DE OPERACIONES.
ARTICULO 1. NATURALEZA Y NOMBRE: La entidad regida por los presentes estatutos, por el derecho Colombiano, especialmente por la legislación de la Economía Solidaria, los decretos reglamentarios, las disposiciones de las entidades de control y vigilancia estatal y los presentes estatutos, es una empresa asociativa de derecho privado, sin ánimo de lucro, de número de asociados y patrimonio social variable e ilimitados denominada FONDO DE AHORRO DE LOS EMPLEADOS DE EL PAIS, el cual podrá también denominarse con la sigla FAEMPAIS.

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CONSIDERACIONES

I. Que es función de la Junta Directiva expedir los documentos reglamentarios para el adecuado desarrollo del objeto social de FAEMPAIS y corresponde a la Asamblea General aprobar el presente Código de Buen Gobierno Corporativo.

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CONSIDERACIONES

I. Que es función de la Junta Directiva expedir los documentos reglamentarios para el adecuado desarrollo del objeto social de FAEMPAIS y corresponde a la Asamblea General aprobar el presente Código de Ética.

II. Que se hace necesario adoptar buenas prácticas profesionales, para garantizar el correcto funcionamiento de FAEMPAIS desde la ética y la moral.

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REGLAMENTO DEL SERVICIO DE AHORRO
La Junta Directiva del FONDO DE AHORRO DE LOS EMPLEADOS DE EL PAIS – FAEMPAIS, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, las conferidas en el Decreto Ley 1481 de 1989 y los Estatutos vigentes, y
CONSIDERANDO:
1. Que FAEMPAIS en desarrollo de su objeto social debe prestar servicios de ahorro en forma directa y únicamente a sus asociados, en las modalidades y requisitos que establezcan los Estatutos y de conformidad con lo que dispongan las normas sobre la materia.

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OBJETIVOS Y PROPÓSITOS
La Junta Directiva del Fondo de Ahorro de los Empleados de El País – FAEMPAÍS en atención a las atribuciones que le confieren los estatutos y en especial a los establecidos en el artículo 56 numeral 5, resuelve modificar el Reglamento de Crédito existente a la fecha y aprobar el que reglamenta en los siguientes capítulos.

CAPITULO I
POLITICAS DE CRÉDITO
ARTICULO 1º. OBJETIVO: El presente reglamento de crédito tiene como objetivo establecer las normas que regulen las relaciones entre los asociados y “FAEMPAIS” con el propósito de suministrar oportunamente en forma directa y exclusiva a los asociados, recursos económicos para atender sus requerimientos, de acuerdo con las políticas y principios de “FAEMPAÍS” y conforme a los criterio, requisitos y modalidades previstas en el presente reglamento.

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La Junta Directiva del Fondo de Ahorro de los Empleados de El País, en cumplimiento
de sus funciones señaladas en el Estatuto, y

CONSIDERANDO
a) Que para el Fondo la parte social es muy importante para dar cumplimiento a sus
objetivos sociales.
b) Que de acuerdo con los principios cooperativos la solidaridad es una actividad
básica que se llevará a cabo de acuerdo con las capacidades del fondo.
c) Que es un deber de la Junta directiva fijar normas, criterios y procedimientos para
orientar al personal en la utilización del Fondo y en particular la parte solidaria.

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Por medio del cual se reforma el Reglamento del Fondo Mutual Funerario del Fondo de Ahorro de los
Empleados de El País “FAEMPAIS”.

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A partir de la aprobación de este manual por parte de la Junta Directiva se busca prevenir los
riesgos de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo, a través de los procedimientos
descritos y adoptados, así como las responsabilidades inherentes a cada cargo, frente al Sistema
de Administración de Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo – SARLAFT.

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